El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 427 a favor, reformar la Ley Federal del Trabajo para actualizar y ampliar la lista de enfermedades de trabajo y pasar de 161 a 194 enfermedades; y modificar la Tabla de Valuación que pasa de 409 a 524 tipos de lesiones para la Valuación de Incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo.
La modificación que fue avalada en la Cámara de Diputados, y turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, incorpora patologías infecciosas y parasitarias, entre las que destaca la enfermedad pandémica por Covid-19; así como el grupo de trastornos mentales, reconociendo padecimientos como los trastornos de ansiedad; y el asociado con el estrés grave, de adaptación y depresivo.
También establece los agentes causales (físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales) que dan origen al padecimiento; incorpora las actividades económicas y puestos de trabajo susceptibles de contraer la enfermedad de trabajo; el grupo de las patologías infecciosas y parasitarias aumenta de 21 a 41; se agrupan las enfermedades producidas por las radiaciones ionizantes y electromagnéticas (excepto el cáncer).
El grupo de enfermedad que registra mayor aumento es el de cáncer de origen laboral, que pasaría de cuatro a 30 padecimientos de diferentes tipos. “Y de especial observancia es el relativo al grupo de enfermedades que protegen a las mujeres en la prevención de enfermedades como los abortos repetitivos, la infertilidad y la endometriosis”.
Asimismo, se reconoce como trastornos mentales: trastorno de ansiedad, trastorno no orgánico del ciclo del sueño-vigilia, trastorno asociado con el estrés y trastorno depresivo. Y se agrupan enfermedades como neumoconiosis y broncopulmonares producidas por aspiración de polvos, humos de origen animal, vegetal, mineral, así como aquellas de las vías respiratorias derivadas de inhalación de gases y vapores.
También incrementa las enfermedades derivadas por intoxicaciones, de 36 a 46; y aumenta de 10 a 14 las enfermedades producidas por factores mecánicos y variaciones de los elementos naturales del medio de trabajo.
Finalmente, establece que las tablas de enfermedades de trabajo, así como el catálogo de cédulas para la evaluación de enfermedades de trabajo, serán revisadas al menos cada cinco años a partir de su publicación o cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen.
Con información de El Universal / Antonio López Cruz
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