*No se descarta lluvia de amparos.
*No deja nada para poder defenderse.
Por Jorge Guadalupe Campa.
H. Matamoros Tamps.- Con pensamientos casi obligados de
poder obtener mas recursos de los que ya se captan en todos los rubros, la
SHCP, esta tratando a todos los contribuyentes con medidas drásticas que los
pueden sumir en las celdas de cualquier cárcel, por supuesto evasión de
impuestos, así lo manifestó, Abraham Rodríguez Padrón.
Dijo que ahora cualquier contribuyente que omita presentar
declaraciones "definitivas" por más de un año, se hará acreedor al
delito de defraudación fiscal, informó el Servicio de Administración
Tributaria, mismo que México se castiga con cárcel, El Congreso aprobó el año
pasado, una modificación al artículo 109 del Código Fiscal de la Federación, la
cual entró en vigor este 2012.
Se considera delito el omitir presentar por más de 12 meses
las declaraciones que tengan carácter de definitivas; Si algún contribuyente
tenía que hacer declaraciones mensuales de IVA en enero de 2012, pero no las
hizo, para enero de 2013 incurriría en este supuesto.
Creemos que esta es una sanción completamente
desproporcionada sobre los contribuyentes cautivos ya que no es posible que el
Gobierno ahora trate como criminal al ciudadano que, por un olvido o un error
de su contador, no cumpla con una obligación de una declaración mensual.
Aunque hay una escala de defraudación que se castiga con
pena corporal, la cual está tipificada en el artículo 108 del Código Fiscal de
la Federación, donde se considera que "comete el delito de defraudación
fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o
parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con
perjuicio del fisco federal", se establece.
Dicho artículo expone que el contribuyente se hace acreedor
a una pena de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda
un millón 221 mil 950 pesos; cárcel de dos a cinco años, cuando el monto de la
defraudación exceda de un millón 221 mil 950 pesos y llegue un millón 832 mil
920 pesos.
Hay prisión de tres a nueve años cuando la defraudación sea
superior a un millón 832 mil 920 pesos; En el caso del ISR no entra el supuesto
de defraudación fiscal como en el caso del IVA, ya que en el año se hacen 12
pagos provisionales.
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