Luego de que el viernes Segob la publicara en el Diario
Oficial de la Federación.
El decreto por el que se reforman
y adicionan diversas disposiciones de la Constitución en materia de energía
entró en vigor este sábado, luego de que el viernes por la tarde la Secretaría
de Gobernación la publicara en el Diario Oficial de la Federación
El decreto indica que se reforman
los párrafos cuarto, sexto y octavo del Artículo 25; el sexto del Artículo 27,
así como cuarto y sexto del 28 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. Además al Artículo 27 se adiciona un párrafo séptimo, con lo
cual se recorre los subsecuentes en su orden, y un octavo al Artículo 28, de la
Carta Magna.
El documento expone que se
respetarán los derechos de los trabajadores que presten sus servicios en
organismos, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
dedicadas a las actividades que comprende el presente decreto, de conformidad
con la ley.
Indica que la legislación
establecerá la forma y los plazos, que no podrán exceder dos años, para que
Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE) se
conviertan en empresas productivas del Estado.
Mientras eso pasa, Pemex queda
facultado para recibir asignaciones y celebrar los contratos a que se refiere
el párrafo séptimo del Artículo 27, el cual se adiciona con este decreto, y que
hacen referencia a las actividades de exploración y extracción de
hidrocarburos, siempre afirmando que estos son propiedad de la nación.
Señala que dentro de los 120 días
naturales siguientes a partir de este sábado, el Congreso de la Unión deberá
realizar las adecuaciones que resulten necesarias al marco jurídico, a fin de
hacer efectivas las disposiciones del presente decreto, entre ellas las de
regular las modalidades de contratación y de contraprestaciones.
El Poder Ejecutivo federal emitirá,
a más tardar dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigor de la Ley
Reglamentaria del Artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, el
decreto de creación del organismo público descentralizado denominado Centro
Nacional de Control del Gas Natural.
También a más tardar dentro de
los 12 meses siguientes a la entrada en vigor de la ley reglamentaria de la
industria eléctrica, emitirá el decreto por el que se crea el Centro Nacional
de Control de Energía como organismo público descentralizado, encargado del
control operativo del sistema eléctrico nacional, entre otras funciones.
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