H, Matamoros, Tamaulipas:

¿Qué pasa si muere un gobernador o gobernadora en funciones?


La gobernadora de Puebla, quien había asumido el cargo el pasado 1 de diciembre, Martha Erika Alonso, pereció en un accidente aéreo este lunes junto a su esposo, el exgobernador y senador Rafael Moreno Valle.


Esta noticia impactó al país, pero también abrió la incógnita sobre qué sucederá en el estado tras el fallecimiento de su gobernadora.

Congreso nombrará gobernador interino

De acuerdo con la Constitución del Estado de Puebla, corresponde al Congreso local nombrar a un gobernador o gobernadora interina ante la falta "temporal o absoluta" del o la titular del poder ejecutivo de la entidad, si esto sucede en los dos primeros años del periodo en que le correspondía gobernar, como es el caso de Martha Erika Alonso.

De acuerdo con el Artículo 57, el cual enmarca las facultades del Congreso, éste debe "elegir con el carácter de interino al ciudadano que deba sustituir al Gobernador de elección popular directa, en sus faltas temporales, o en su falta absoluta, si ésta acaeciere en los dos primeros años del período constitucional".

Convocar a elecciones

Posterior a la designación de un gobernador interino, el Congreso deberá convocar a elecciones, comunicándolo al Consejo General del Instituto Electoral del Estado dentro de los 10 días siguientes a la designación del gobernador interino.

Una vez que se comunique al órgano electoral de los comicios, éstos deberán llevarse a cabo en un plazo de 3 a 5 meses posteriores.

Finalmente, el gobernador o gobernadora electa tomará posesión 10 días después del escrutinio y validación de las elecciones.

Por Agencias 
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Editores Multimedia MX Editorial y Network

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